martes, 30 de octubre de 2018

UNA PROPUESTA DE COMENTARIO DE TEXTO

TEXTO:

Art.1. El ducado de Varsovia (...) queda unido al Imperio de Rusia (...).
Art. 53. Los príncipes soberanos y ciudades libres de Alemania, comprendiendo a sus Majestades el emperador de Austria, los reyes de Prusia y Dinamarca y el de los Países Bajos (...) establecen entre sí una confederación perpetua con el nombre de Confederación Germánica. Los miembros tienen iguales derechos (...).
Art. 57. Austria tiene la presidencia en la Dieta de la Confederación (...).
Art. 65. Las antiguas Provincias Unidas de los Países Bajos y las hasta aquí Provincias Belgas (...) formarán (...) el Reino de los Países Bajos (...).
Art. 68. El reino de Dinamarca cederá a Suecia el territorio de Noruega y formarán el Reino de Suecia y Noruega (...).
Art. 74. Se reconoce (...) la integridad de los diecinueve cantones helvéticos (...).
Art. 86. Los estados que formaron hasta aquí la república de Génova quedan unidos para siempre a los estados de su Majestad el rey de Cerdeña (...).
Art. 94. Su Majestad Imperial y Real Apostólica reunirá a su monarquía (Austria) (...) los estados venecianos (...) como igualmente cualquiera otro territorio que esté situado entre el Tesino, el Po y el mar Adriático (...).
Art. 104. Se restablece en el trono de Nápoles al Rey Fernando IV (...) y las potencias le reconocen como rey de las Dos Sicilias.
Viena, junio de 1815.



COMENTARIO:


Se trata de un fragmento de texto histórico procedente de una fuente primaria, de carácter jurídico o legal y tipo esencialmente político. Son parte de nueve artículos del Congreso de Viena, concluido en junio de 1815, poco después de la derrota de Napoleón en Waterloo. Se trata de un documento público, redactado por los asistentes para conocimiento general y firmado, entre otros, por “los príncipes soberanos y ciudades libres de Alemania, comprendiendo a sus Majestades el emperador de Austria, los reyes de Prusia y Dinamarca y el de los Países Bajos ”. Intervinieron también otros muchos países, entre los que podemos destacar a Prusia, Inglaterra o Rusia.
Constituido en 1814, meses después del primer exilio de Napoleón, su causa principal fue el deseo de las potencias vencedoras de restaurar el absolutismo monárquico y volver a ordenar y equilibrar las relaciones internacionales europeas, trastocadas por la Revolución Francesa y las guerras napoleónicas. Para ello establecieron un  nuevo equilibrio en el continente, siguiendo los principios de legitimismo, absolutismo, intervencionismo y uso de la diplomacia (Congresos) para resolver las tensiones.
Los artículos concretos que comentamos reorganizan los territorios europeos: Austria impulsa la creación de la Confederación Germánica (art. 53), con la que se pone al frente de numerosos estados alemanes con el objetivo de frenar el creciente poder de Prusia. Obtiene también territorios en el norte de Italia (art. 94: “los estados venecianos (...) como igualmente cualquiera otro territorio que esté situado entre el Tesino, el Po y el mar Adriático”).  Además, se crea el Reino de los Países Bajos (art. 65), se restaura a los borbones en Nápoles (art. 104) y se otorgan grandes ventajas territoriales a Suecia, a costa de Dinamarca (art. 68).
Aunque en este fragmento no aparece, el  Congreso también acordó la expansión territorial de Prusia hacia el sur (Sajonia) y oeste (Westfalia), la ampliación de los territorios rusos (Polonia), la libertad de movimientos del Reino Unido en los mares, y la creación de sendas alianzas militares (la Santa Alianza y la Cuádruple Alianza) para garantizar el cumplimiento de los acuerdos y sostener el absolutismo allá donde éste fuese amenazado por las ideas liberales o constitucionalistas.
Como consecuencia, Europa volvió durante algunos años a una situación política parecida a la del Antiguo Régimen, pero las fuerzas  liberales que se oponían a la Restauración habían crecido en número y se habían extendido por estas nuevas monarquías absolutas de tal modo que pocos años después se iniciaría una nueva oleada revolucionaria.
La idea principal, pues, es la voluntad de los firmantes de crear un nuevo equilibrio internacional, garantizado por monarquías absolutas fuertes y aliadas  entre sí para salvaguardar los principios fundamentales del Antiguo Régimen.

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